lunes, 1 de agosto de 2011

Compra venta de vehículos: Impuesto de transmisiones patrimoniales

En el caso de poner en venta nuestro vehículo, o al comprar un coche de ocasión o segunda mano a un particular, hay que tener en cuenta que para poder realizar la transferencia o cambio de titular, hay que liquidar previamente en Hacienda el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620). Es un gasto importante a tener en cuenta antes de realizar la compraventa. ¿Cuánto dinero supone el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales? El tipo aplicable es el 4% del precio del vehículo fijado por las Tablas de Hacienda que cada año se publican, aplicándole un coeficiente de reducción en función de la antigüedad del vehículo. ¿El porcentaje a pagar es el mismo si se vende un coche que por ejemplo una moto? Sí. Ese 4% es el fijado para la transmisión de bienes muebles en general, así que es el mismo porcentaje si se vende una moto que un coche. ¿Se paga lo mismo en todas las Comunidades Autónomas? No. En algunas Comunidades Autónomas comprar o vender el coche saldría más caro ya que pagan un porcentaje de Impuesto de Transmisiones mayor:
  • Andalucía, Asturias y Cantabria: el tipo impositivo par turismos y todoterrenos de más de 15cv de potencia fiscal (dato que figura en la Ficha Técnica de cada vehículo) es el 8%.
  • Cataluña: En esta CC.AA el tipo impositivo para medios de transporte es el 5%.
¿En qué casos se estraría exento de liquidar este impuesto? Estarían exentas de liquidar este impuesto de Transmisiones patrimoniales las operaciones de compra de vehículos por parte de profesionales y empresarios que revendan el vehículo en el plazo de un año, o las adquisiciones que estén sujetas a IVA.
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